• HDI Productos Vida

    SEGURO DE VIDA

Seguro de Vida

Proteja con HDI Seguros el futuro de sus seres queridos.

La gama más completa de seguros de vida:

  • Coberturas   
    • Seguro de Vida

      Cobertura de muerte por cualquier causa (doble indemnización por accidente), incapacidad parcial por accidente, incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente, trasplantes, adelanto por diagnóstico de enfermedad terminal y renta diaria hospitalaria. Cobertura Opcional: renta por invalidez temporal para profesionales independientes.

      Escala de capitales de acuerdo a la edad del Asegurado.

      Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Colectivo

      El Seguro de Vida Colectivo de HDI permite la combinación de distintas coberturas para obtener una completa protección para usted y sus seres queridos.

      Puede optar por las siguientes coberturas:
      • Vida por accidente,
      • Incapacidad por accidente,
      • Pérdidas parciales por accidentes,
      • Hijo póstumo,
      • Renta diaria por internación hospitalaria.
      • Enfermedades críticas,
      • Enfermedades terminales,
      • Invalidez temporal por enfermedad o accidente.

      Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Continuidad de Servicios

      Un producto que cubre la continuidad de pago de impuestos (ABL) y servicios (cable, medicina prepaga, cuota del club, etc.) en caso de fallecimiento del Titular, o en su defecto de quien se encuentre a cargo del pago de los mismos.

      Coberturas:

      • Muerte por cualquier causa.
      • Invalidez Total y Permanente por accidente.

      Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Instituciones Escolares

      HDI Seguros sabe lo importante que es para usted el futuro de su familia y por eso desarrollamos un Seguro de Vida que le permite garantizar la educación de sus hijos.

      El Seguro de Vida para Instituciones Escolares cubre la muerte por cualquier causa de los responsables directos del pago de la cuota mensual y demás gastos que demanden los estudios Primarios, Secundarios, Terciarios y/o Jardín de Infantes, garantizando así la continuación de los estudios de los alumnos regulares.

      Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Personal Doméstico

      Este seguro cubre muerte e incapacidad total y permanente por accidente y/o enfermedad del personal doméstico.

      Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

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    • Seguro de Vida Modular para Empleadores

      Cobertura de muerte por cualquier causa, incapacidad total por enfermedad y/o accidente (doble indemnización).

      El tomador es el empleador quien además es beneficiario para subrogar obligaciones patronales.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Modular

      Cobertura de muerte por cualquier causa (doble indemnización por accidente), incapacidad por accidente, trasplantes, adelanto por diagnóstico de enfermedad terminal y renta diaria hospitalaria.

      Escala de capitales de acuerdo a la edad del Asegurado.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Modular

      Cobertura de muerte por cualquier causa (doble indemnización por accidente), incapacidad por accidente, trasplantes, adelanto por diagnóstico de enfermedad terminal y renta diaria hospitalaria.

      Escala de capitales de acuerdo a la edad del Asegurado.

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida para Convenios Colectivos

      Cómo contratar un Seguro HDI

    • Seguro de Vida Saldo Deudor

      Cómo contratar un Seguro HDI

      Consulte las Condiciones Generales de la Póliza

    • Una vida de ganancias

      Cómo contratar un Seguro HDI

HDI Data Fiscal

HDI Seguros S.A.

Tte. Gral. Juan D. Perón 650 5º Piso
(C1038AAN) Buenos Aires, Argentina
N° Inscripción IGJ: 12.533 I 10.05.1961

SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO


Consulte acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.


Nº de inscripción en SSN 0335

Atención al asegurado
0800-666-8400

Organismo de control

Logo Superintendencia de Seguros de la Nación

La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.
El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:
RESPONSABLE: Gómez Monge Sabina Alejandra, Tel. 5300-3300, int. 3307
SUPLENTE: Ochoa Noelia Mariel, Tel. 5300-3300, int. 3375
SUPLENTE: Tapia Analía Florencia, Tel. 5300-3300, int. 3503
En caso de que el reclamo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a denuncias@ssn.gob.ar o por formulario web a través de www.argentina.gob.ar/ssn

ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS - ADACU- ASOCIACION CIVIL) C/ HDI SEGUROS S.A. S/ORDINARIO”
HDI Seguros S.A. informa que en los autos “ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS -ADACU- ASOCIACION CIVIL) c/ HDI SEGUROS SA s/ORDINARIO” (Expte. N° COM 5487/2015), que tramitan ante el Juzgado Nacional Comercial N°22, Secretaría N°43 con sede en M. T. de Alvear 1840, piso 3°, of. 342, se ha dado curso formal a un proceso colectivo que involucra a los trabajadores asegurados en la aseguradora demandada (HDI Seguros SA) por seguros de vida contratados colectivamente en los términos del art. 25.3.5 del RGAA, a quienes no se les entregaron los certificados de incorporación, ni los individuales de cobertura, en cumplimiento con lo estipulado en el apartado 25.3 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, cuyos beneficiarios o asegurados inválidos, ante la ocurrencia del siniestro, se habrían visto privados de percibir las indemnizaciones a las que tendrían derecho por la producción de los siniestros amparados por la póliza, o cuando sólo habrían cobrado una parte de ella, por los hechos ocurridos a partir de los tres años anteriores a la promoción de esta demanda (16/03/2015), sin perjuicio de lo que pueda decidirse oportunamente, respecto de la dispensa de prescripción invocada por la accionante en el apartado IV) de fs. 889/897. Asimismo, se hace saber que la eventual sentencia a dictarse hará cosa juzgada para las demandadas y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que, dentro de plazo de (30) treinta días contados a partir del último día de publicidad ordenada, manifiesten en el expediente su voluntad en contrario (art. 54 LDC). La resolución que ordena el presente dispone: “Buenos Aires, 26 de agosto de 2022. (...) 5. En razón de todo lo expuesto, RESUELVO: (...) c. A los fines de garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio se dispone en este acto el anoticiamiento mediante avisos por 3 días en el Boletín Oficial y por 30 días en las páginas web de ADACU y HDI Seguros SA, de manera destacada. (...) Fdo. Margarita R. Braga, Juez”.
“Se hace saber que el expediente se encuentra disponible para su consulta pública en https://www.pjn.gov.ar/, ingresando con número de expediente y año”.

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