Seguro de Embarcaciones de Placer

 

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  • SEGURO DE EMBARCACIONES DE PLACER

Seguro de Embarcaciones de Placer

Para asegurarse una llegada a buen puerto y descubrir nuevos horizontes.

  • Coberturas   

    El seguro de Embarcaciones de Placer de HDI Seguros ofrece cuatro coberturas hechos a medida de cada navegante: Piloto, Patrón, Timonel y Grumete. Cubren los siguientes riesgos:

    • Daños parciales y totales a consecuencia de colisión, incendio, naufragio y varamiento.
    • Robo total de la embarcación.
    • Robo del motor mientras se halle fijado a la embarcación.
    • Robo total y/o parcial de los elementos fijos al casco.
    • Robo de motores auxiliares fuera de borda mientras se hallen encadenados y/o guardados bajo llave en el interior de la embarcación.
    • Robo de embarcaciones auxiliares mientras se hallen a bordo de la embarcación principal y se encuentren encadenados y/o guardados bajo llave en el interior de la misma.
    • Caída al agua de motores cuando no sea consecuencia directa de colisión, incendio, naufragio y varamiento.
    • Daños a consecuencia de temporal.
    • Rotura de palo a consecuencia de alguno de los riesgos cubiertos.
    • Salvamento: gastos de salvamento Sue & Labour.
    • Responsabilidad civil a cosas de terceros, personas transportadas y no transportadas hasta el valor total asegurado.
    • Incendio en guardería.
    • Transporte en trailer dentro de la República Argentina y/o países limítrofes.
    • Huelga, tumultos y conmociones civiles.
    • Incendio y Robo en Domicilio o Garaje Privado.
    • Navegación marítima costera en Argentina, Uruguay y Brasil, de acuerdo a la habilitación que posean la embarcación y su tripulación que debe estar extendida por la Prefectura Naval Argentina.
    • Pérdida total a consecuencia de Colisión, Incendio, Naufragio y Varamiento.
    • Cobertura de Efectos Personales declarados en Póliza , por ejemplo Skies, Tablas de Surf, Bicicletas, Monopatines, tablas de Skate, indumentaria y Equipos de Buceo, Trajes de lluvia, Prismáticos, etc.

    Consulte a su Asesor de Seguros el alcance y las condiciones de cobertura.

    Cómo contratar un Seguro HDI

  • Servicio de Asistencia   

    Servicio de Asistencia las 24hs. todos los días del año:

    • Reparaciones menores en caso de desperfectos que le impidan la normal navegación.
    • Provisión de combustibles y lubricantes.
    • Remolque de la embarcación por imprevistos mecánicos y/o accidentes de navegación,
    • entre otros.

    Consulte las Condiciones Generales Servicio de Asistencia

    Más servicios de asistencia

     

  • Beneficios Extra   

    Bonificación por no siniestralidad

    Todas las pólizas que no registren siniestros durante el primer año de vigencia se renovarán con una bonificación del 10%, el segundo año y los consecutivos con una bonificación del 20%.

    Descuentos por licencias náuticas

    Si usted cuenta con una licencia náutica de patrón o de piloto, benefíciese con interesantes descuentos en la prima de su seguro HDI.

    Descuento por Cliente Integral de HDI Seguros

    Si usted cuenta con el seguro de Accidentes Personales para Navegantes de HDI Seguros, se beneficiará de un 5% de descuento en el costo de su seguro de Embarcación.

    Cobertura en regatas

    Cobertura de participación en regatas internas organizadas por clubes.

HDI Data Fiscal

HDI Seguros S.A.

Tte. Gral. Juan D. Perón 650 5º Piso
(C1038AAN) Buenos Aires, Argentina
N° Inscripción IGJ: 12.533 I 10.05.1961

SERVICIO DE ATENCIÓN AL ASEGURADO


Consulte acerca de las coberturas, sus límites, condiciones de suscripción y exclusiones de la póliza.


Nº de inscripción en SSN 0335

Atención al asegurado
0800-666-8400

Organismo de control

Logo Superintendencia de Seguros de la Nación

La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.
El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:
RESPONSABLE: Gómez Monge Sabina Alejandra, Tel. 5300-3300, int. 3307
SUPLENTE: Ochoa Noelia Mariel, Tel. 5300-3300, int. 3375
SUPLENTE: Tapia Analía Florencia, Tel. 5300-3300, int. 3503
En caso de que el reclamo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800-666-8400, correo electrónico a denuncias@ssn.gob.ar o por formulario web a través de www.argentina.gob.ar/ssn

ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS - ADACU- ASOCIACION CIVIL) C/ HDI SEGUROS S.A. S/ORDINARIO”
HDI Seguros S.A. informa que en los autos “ASOCIACION DE DEFENSA DEL ASEGURADO, CONSUMIDORES Y USUARIOS -ADACU- ASOCIACION CIVIL) c/ HDI SEGUROS SA s/ORDINARIO” (Expte. N° COM 5487/2015), que tramitan ante el Juzgado Nacional Comercial N°22, Secretaría N°43 con sede en M. T. de Alvear 1840, piso 3°, of. 342, se ha dado curso formal a un proceso colectivo que involucra a los trabajadores asegurados en la aseguradora demandada (HDI Seguros SA) por seguros de vida contratados colectivamente en los términos del art. 25.3.5 del RGAA, a quienes no se les entregaron los certificados de incorporación, ni los individuales de cobertura, en cumplimiento con lo estipulado en el apartado 25.3 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, cuyos beneficiarios o asegurados inválidos, ante la ocurrencia del siniestro, se habrían visto privados de percibir las indemnizaciones a las que tendrían derecho por la producción de los siniestros amparados por la póliza, o cuando sólo habrían cobrado una parte de ella, por los hechos ocurridos a partir de los tres años anteriores a la promoción de esta demanda (16/03/2015), sin perjuicio de lo que pueda decidirse oportunamente, respecto de la dispensa de prescripción invocada por la accionante en el apartado IV) de fs. 889/897. Asimismo, se hace saber que la eventual sentencia a dictarse hará cosa juzgada para las demandadas y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que, dentro de plazo de (30) treinta días contados a partir del último día de publicidad ordenada, manifiesten en el expediente su voluntad en contrario (art. 54 LDC). La resolución que ordena el presente dispone: “Buenos Aires, 26 de agosto de 2022. (...) 5. En razón de todo lo expuesto, RESUELVO: (...) c. A los fines de garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio se dispone en este acto el anoticiamiento mediante avisos por 3 días en el Boletín Oficial y por 30 días en las páginas web de ADACU y HDI Seguros SA, de manera destacada. (...) Fdo. Margarita R. Braga, Juez”.
“Se hace saber que el expediente se encuentra disponible para su consulta pública en https://www.pjn.gov.ar/, ingresando con número de expediente y año”.

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